El Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (CIEDH) invitó a First Majestic Silver a responder al siguiente artículo:
• Complejos mineros vulneran derechos agrarios, indígenas y sociales, Arturo Rodríguez García, Proceso, México, 6 de mayo de 2013: http://www.proceso.com.mx/?p=341199
First Majestic Silver envió la siguiente respuesta:
En relación a la publicación de la Revista Proceso Edición número 1905, en lo que respecta al reportaje titulado Complejos mineros vulneran derechos agrarios, indígenas y sociales.
First Majestic desea aclarar lo siguiente:
En dicho reportaje, se nos ataca con información falsa, citando hechos y situaciones que no se apegan a la verdad.
a) En relación a lo publicado, transcribo: “En San Luis Potosí, en la Sierra de Catorce, la canadiense First Majestic intenta explotar un yacimiento aurífero a costa de destruir el santuario natural del pueblo huichol. Ese lugar, destino de peregrinajes ceremoniales, es en la fe wixaritari el lugar de la Creación, un argumento falaz para los empresarios mineros, quienes enfrentan hoy demandas internacionales”. Fin de la transcripción.
Quiero puntualizar que las empresas First Majestic son respetuosas de las costumbres indígenas y de sus lugares sagrados, ninguna de las operaciones proyectadas en la región de Catorce toca ninguno de los lugares sagrados de la Etnia Wixarica, es falso que estemos enfrentando demandas internacionales por dicho motivo, nuestras empresas son respetuosas del medio ambiente así como de todas las leyes, se opera bajo estándares internacionales, procurando siempre un desarrollo sustentable en las áreas en que trabajamos apoyando el desarrollo de las comunidades. Las áreas donde se pretende trabajar no son los sitios sagrados son áreas autorizadas en el Plan de Manejo Área Natural Protegida Sitio Sagrado Natural Wirikuta emitido por el Gobierno de San Luis Potosí en 2008.
b) En relación a las intimidaciones manifestadas por la activista Cristina Auerbach Benavides, las cuales se atribuyen a First Majestic. Hemos aclarado por diversos medios de comunicación, que nada tenemos que ver con dichos sucesos, incluso se ha invitado a la Sra. Auerbach a visitar las instalaciones de la mina La Encantada, el accidente sufrido por un trabajador de uno de nuestros contratistas, fue debidamente notificado a las autoridades correspondientes y fueron acatadas las medidas impuestas por la autoridad laboral.
c) En cuanto a las infundadas declaraciones referentes a la joven María de la Luz Piña. Es totalmente falso lo que manifiestan en el reportaje de Proceso, la señorita Piña, se encontraba en sus días de descanso desde el día 21 de junio de 2012, el día 22 de junio de 2012 (día de su lamentable fallecimiento), 3 amigos de ella la invitaron a subir al vehículo de ellos, dichas personas estaban ingiriendo bebidas alcohólicas por lo que tuvieron un accidente donde la señorita Piña desafortunadamente murió, de la investigación correspondiente, el Instituto Mexicano del Seguro Social calificó como accidente no laboral, puesto que el hecho ocurrió fuera de horario de trabajo, y sucedió en su periodo de descanso, es rotundamente falso que la Srita. Piña haya trabajado horas extras y que no se consideró como accidente laboral por no viajar en vehículo de la empresa, reitero que nuestra empresa es socialmente responsable y cuida de sus trabajadores y de su bienestar, se tiene un autobús que transporta al personal el cual la Srita. Piña no utilizo, tenía un mes laborando con la empresa, gozaba de sus derechos de trabajador de Minera La Encantada, S.A. de C.V. superiores a los de ley como lo es que adicionalmente a la seguridad social, la Srita Piña contaba a su fallecimiento con un seguro de vida por $250,000.00 pesos prestación pagada por la empresa, monto que le fue pagado por la aseguradora a los deudos de la Señorita Piña (cheques 26879 y 26880 cta. 70001798586 Banamex por $100,000.00 pesos cada uno, cheque 55283376 cta. 5407 Bancomer por $50,000.00 pesos TOTAL $250,000.00) recibidos por la madre de la fallecida Sra. Alma Rosa Vélez Ibarra.