¿Quién es Amalia?
Amalia es una indígena tzeltal de 38 años, madre de 9 hijos y abuela de dos nietos. Amalia habitaba en una comunidad que forma parte del sistema de gobierno autónomo zapatista en la Junta de Buen Gobierno “Hacia la esperanza” con sede en la Realidad.
Desde junio de 2017, el Observatorio Mexicano de Derechos Humanos, A.C. (OMDHAC), tuvo conocimiento de amenazas que hacían las autoridades zapatistas a Amalia y a sus familiares. La orden de los zapatistas era clara: Amalia y su familia tenían que salir de la comunidad y serían expulsados.
Por problemas de salud, Amalia salía de manera recurrente de la comunidad para tratarse de una enfermedad. Eso empezó a generar “chismes” al interior de la comunidad y se le acusaba de recibir dinero del gobierno.
En la acusación ante la asamblea de la comunidad, la familia de Amalia señaló que acudiría ante una organización de derechos humanos. La asamblea contestó, tal vez pensando que nadie les haría caso, que les concedían ese derecho. Que Amalia y su familia podrían ir ante una organización de derechos humanos.
Así, el caso llegó ante OMDHAC, una organización independiente de derechos humanos. Ante la gravedad de la situación que involucraba un traslado forzoso, se decidió que el personal de OMDHAC se trasladara hasta la comunidad de Amalia en calidad de observadores. La comunidad donde vivía Amalia se encuentra en los alrededores de San Quintín, Chiapas, donde también se ubica una base militar.
El 3 de julio de 2017 el personal de OMDHAC llegó a la comunidad de Amalia y su familia. Se le dió aviso a la autoridad zapatista de nuestra presencia y de nuestra calidad de observadores en derechos humanos. Además, se les hizo saber a las autoridades la intención del personal de OMDHAC de dialogar para buscar respuestas y alguna solución al caso de Amalia y su familia.
La autoridad zapatista NO quiso dialogar. Acusó al personal de OMDHAC de ser parte del gobierno y los expulsó de la comunidad, además de robarnos nuestro equipo de trabajo y comunicación.
Días después, la amenaza se hizo efectiva y Amalia y su familia fueron víctimas de traslado forzoso realizado por las autoridades zapatistas.
El artículo 7 del Estatuto de la Corte Penal Internacional define al traslado forzoso “como el desplazamiento de las personas afectadas, por expulsión u otros actos coactivos, de la zona en que estén legítimamente presentes, sin motivos autorizados por el derecho internacional”. La expulsión de Amalia y su familia de su comunidad, al haber sido violenta y sin causa justificada, es a todas luces ilegal.
Los principios rectores de los desplazamientos forzados de la ONU, prohíben de manera expresa los desplazamientos arbitrarios y señala que “Antes de decidir el desplazamiento de personas, las autoridades competentes se asegurarán de que se han explorado todas las alternativas viables para evitarlo.”
Desde OMDHAC, creemos firmemente en la autonomía indígena. Sin embargo, es nuestro deber enfrentar la injusticia sea cual sea el lugar de la cual provenga.
Por lo anterior, seguiremos exigiendo justicia para Amalia y su familia.
Acciones realizadas hasta el momento:
- 3 de julio de 2017: Llegada a la comunidad de Amalia.
- 4 de julio de 2017: La autoridad zapatista se niega al diálogo, expulsa de la comunidad al personal de OMDHAC y le roba sus equipos de trabajo y comunicación.
- 5 de julio de 2017: Amalia y su familia es expulsada de la comunidad donde vivían por la autoridad zapatista.
- 10 de julio de 2017: El caso se hace del conocimiento del centro de derechos humanos Fray Bartolomé de las Casas en San Cristóbal Chiapas.
- 29 de agosto de 2017: Se hizo del conocimiento de los voceros del Congreso Nacional Indígena el presente caso.
- 1 de septiembre de 2017: Comunicado de OMDHAC y denuncia pública en CENCOS.
- 2 de noviembre de 2017: Se hizo un recordatorio por correo electrónico a los voceros del Congreso Nacional Indígena ya que no hemos tenido respuesta a nuestra solicitud del 29 de agosto de 2017.
==ACTUALIZACIÓN==
En marzo de 2018 tuvimos la oportunidad de reunirnos con el equipo del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, quienes nos informaron de los resultados de su investigación que se resumen en lo siguiente:
- Las víctimas del caso mienten. No nos quisieron informar en qué consistió la mentira.
- En el presente caso, no hubo violaciones a derechos humanos. No nos quisieron informar de las valoraciones, razones o hechos que los hicieron llegar a esa conclusión.
- Amalia puede regresar a su hogar. Su esposo puede regresar siempre y cuando pida perdón. Tampoco se nos quiso informar de qué tenía que pedir perdón.
- El equipo de trabajo que fue robado al personal de OMDHAC, o su equivalente en dinero, podrá ser regresado siempre y cuando nos disculpemos. Aquí sí nos informaron del motivo de la disculpa y es debido a que supuestamente no pedimos permiso de las autoridades autónomas para ingresar a la comunidad.
- Ante las conclusiones anteriores, hemos entregado la presente CARTA al equipo del FRAYBA.
Desde OMDHAC, consideramos que el proceso de documentación de violaciones a derechos humanos debe ser el mismo independientemente de la autoridad señalada como responsable. Además, estamos convencidos de que ningún conflicto político justifica la violación a los derechos humanos.
En ausencia de pruebas que nos confirmen lo contrario, seguiremos considerando como víctimas de violaciones de derechos humanos a Amalia y su familia.